Para todos aquellos genios que creían que su Afore era una fortaleza impenetrable contra pañales y colegiaturas, la Suprema Corte de Justicia les tiene una noticia: el foso se secó. Resulta que el “para mi vejez” no incluye dejar que tus descendientes vivan a base de aire y buenos deseos.
En un giro argumental digno de telenovela, la Primera Sala determinó el 9 de julio de 2025 que el escudo protector de las Afores tiene un agujero con forma de niño hambriento. La resolución del amparo 652/2024, con ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, establece que el “interés superior de la infancia” le gana por goleada al “derecho a guardar mi lanita para mi vejez”. Ahora, los fondos de retiro pueden ser embargados para cubrir el pago de pensiones alimenticias incumplidas.
Eso sí, no es barra libre. Para que un juez le meta mano al cochinito, el deudor debe estar formalmente desempleado y no tener otros bienes embargables. Es la opción nuclear del derecho familiar, el botón de “rompa en caso de paternidad irresponsable” que solo se activa cuando se agotaron todas las demás vías. La lógica de los ministros fue simple: si un trabajador puede retirar voluntariamente parte de su Afore para subsistir, es absurdo que esa misma porción no pueda usarse para que su descendencia coma algo más que aire.
Así que ya lo saben, futuros jubilados con memoria selectiva: ese fondo de retiro ahora viene con un anexo pediátrico. El ahorro para el futuro es importante, pero la Suprema Corte acaba de recordarles que el futuro de sus hijos empezó ayer y, aparentemente, tiene hambre y necesita zapatos nuevos.





