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jueves, mayo 2, 2024

Segunda sala de SCJN ampara a empresas de reforma eléctrica de AMLO

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Ciudad de México — La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a seis empresas en contra de la reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador a la Ley de la Industria Eléctrica que favorece el despacho eléctrico en beneficio de la compañía estatal Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre el sector privado.

Con tres votos a favor y dos en contra, el poder judicial declaró inconstitucional los cambios legislativos aprobados por el Congreso mexicano durante marzo de 2021, tras el intento fallido de modificar la Constitución .

Las seis empresas que obtuvieron el amparo son Recursos Solares PV de México IV, Eólica Tres Mesas, Tractebel Energía Monterrey, Tractebel Energía de Pánuco, Engie Abril PV y BNB Villa Ahumada Solar.

El voto decisivo vino del presidente de la sala, Alberto Pérez Dayán, quien usó un recurso contemplado en el Artículo 56 de la Ley de Amparo conocido como “voto de calidad” para desempatar una votación, luego de que el ministro Javier Laynez se excusó de votar sobre el asunto. Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar votaron a favor, mientras que Lenia Batres y Yasmín Esquivel lo hicieron en contra.

La decisión es un precedente para otros recursos legales que ha interpuesto el sector privado.

El grupo de presión Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) señaló que el amparo tiene efectos generales contra la implementación de la reforma a la LIE.

“Los cambios aprobados en marzo de 2021 que restringirían la competencia en el mercado eléctrico para favorecer a la CFE quedan sin posibilidad de implementarse”.

La segunda sala de la Suprema Corte dijo en un comunicado que el orden de prelación en el despacho de electricidad regulado en la LIE de 2021 transgrede los principios de competencia y concurrencia.

“En lugar de atender a un criterio de eficiencia como lo manda la Carta Magna, la indicada legislación secundaria prioriza a quienes pueden celebrar contratos con compromiso de entrega física, es decir, a los generadores del Estado (CFE) o a las plantas asociadas a éstas, lo que genera una alteración en el mercado eléctrico”.

Durante la noche del 31 de enero, La ministra Batres dijo que el presidente de la Sala resolvió “indebidamente” con un voto de calidad y calificó las decisiones sobre los amparos en revisión 164/2023 y 106/2023 como un “albazo” para declarar inconstitucionales los cambios de AMLO a la LIE.

La reforma eléctrica fue aprobada en marzo de 2021 luego de múltiples intentos administrativos del Gobierno de AMLO para beneficiar a CFE ante la reforma energética de 2013 impulsada por el expresidente Enrique Peña Nieto, además de la apertura del sector eléctrico a la inversión privada en 1992. La actual administración incluso intentó cambiar la Constitución en abril de 2022, pero no consiguió los votos necesarios en el Congreso. Ese mismo mes, la Suprema Corte desechó una acción de inconstitucionalidad de legisladores de oposición hacia la reforma eléctrica.

CFE y las autoridades mexicanas han señalado pérdidas multimillonarias por un supuesto mercado negro derivado de los esquemas de autoabasto y productores independientes de energía. La compañía española Iberdrola y el Gobierno acordaron la venta de 13 plantas eléctricas por US$6.000 millones luego de años de críticas a sus plantas en el modelo de autoabasto.

López Obrador ha criticado a los ministros de la Suprema Corte por ganar más que él, además de fallos que han frenado reformas y disposiciones de su administración, por lo que el mandatario alista una reforma al Poder Judicial que presentará el 5 de febrero de 2024.

Esta historia se actualizó a partir del séptimo párrafo con el comunicado de la Suprema Corte, la respuesta de la ministra Lenia Batres y el origen de la reforma eléctrica de AMLO en favor de CFE.

SourceBloomberg
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