La Corte frena a los congresos estatales por apuros electorales y pleitos de terrenos

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió que las prisas legislativas no valen cuando se trata de elecciones y límites municipales. En tres resoluciones recientes, el tribunal dejó claro que crear municipios o asignar territorios requiere más que un oficio apresurado o un decreto con fechas que no cuadran.

En Aguascalientes, el Pleno invalidó las reglas electorales del decreto que creó Villa Juárez porque entre su publicación y el inicio del proceso local solo pasaron 32 días, muy lejos de los 90 que exige la Constitución. El Congreso estatal pretendía elegir el primer ayuntamiento en 2027 y designar un concejo provisional, pero la Corte echó abajo esos artículos por violar los plazos. El resultado es que la nueva demarcación queda en pausa hasta que se respeten las reglas del juego.

En Puebla, la SCJN también tumbó un oficio que adscribía Maloapan a Hueyapan sin resolución del Congreso local. El tribunal recordó que solo el Poder Legislativo estatal puede fijar límites municipales y que una dependencia administrativa no puede sustituirlo. La disputa entre Hueyapan y Atempan sigue abierta, pero ahora deberá resolverse por la vía correcta y no por atajos burocráticos que generan incertidumbre sobre servicios y cobros.

Finalmente, en el viejo pleito de Los Chimalapas, la Corte confirmó que las 160 mil hectáreas pertenecen a Oaxaca y que el municipio chiapaneco de Belisario Domínguez, creado unilateralmente, se ubica en territorio oaxaqueño. Con estos fallos, el tribunal deja en evidencia que los atajos estatales suelen terminar en la misma papelera constitucional.

Al final, los congresos locales aprendieron que saltarse los calendarios y los procedimientos tiene consecuencias más duraderas que un simple regaño.

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