El Tribunal electoral determinó que están suspendidos los derechos político electorales de García Cabeza de Vaca, debido a que hay órdenes de aprehensión en su contra.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) tiró la candidatura al Senado de la República del ex gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Por mayoría, las y los magistrados, resolvieron que por resolución judicial están suspendidos los derechos político-electorales del ex mandatario debido a que en su contra hay al menos dos órdenes de aprehensión.
Dijeron, además, que hay evidencia judicial de que García Cabeza de Vaca se ha sustraído de la acción de la justicia con el fin de no ser detenido para que enfrente judicialmente las acusaciones en su contra.
Por ello, las y los magistrados determinaron revocar la candidatura del ex gobernador de Tamaulipas y dieron 48 horas al Partido Acción Nacional (PAN) para que postule a la persona que sustituirá dicha candidatura.
Cabe recordar que en el INE/CG233/2024 el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en ejercicio de la facultad supletoria, aceptó los registros de las candidaturas a diputadas y diputados al Congreso de la Unión por el principio de mayoría relativa y representación proporcional.
Entre ellos, aceptó la candidatura de Francisco Javier García Cabeza de Vaca, María Teresa Castell de Oro Palacios, Gabriel Ricardo Quadri de la Torre, Olga Zulema Adams Pereyra y Julián Zacarías Curi y Esteban Abraham Macari.
Dicha decisión fue impugnada por Morena quien pidió cancelar la candidatura de García Cabeza de Vaca.
El caso llegó a la Sala Superior del TEPJF y, a propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis, la Sala decidió revocar la determinación.
Reyes Rodríguez Mondragón, quien votó contra el proyecto, dijo que García Cabeza de Vaca tiene suspensiones de amparo contra las órdenes de aprehensión por lo que sus derechos político electorales no están suspendidos.
“No haya una orden judicial que así lo determine, no hay alguna autoridad electoral que así lo registre y por tanto se haya dado de baja su registro electoral”, dijo el magistrado Rodríguez Mondragón.
Señaló de manera insistente que, una orden de aprehensión no es suficiente para suspender los derechos político electorales de una persona y mucho menos para impedir su registro como candidato a un puesto de elección popular.