La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó nuevas disposiciones para determinar la duración de los permisos relacionados con hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos. Las reglas, difundidas en el Diario Oficial de la Federación, establecen criterios técnicos, económicos y regulatorios para otorgar autorizaciones, con el objetivo de proporcionar mayor certeza jurídica a las empresas del sector energético mexicano.
La normativa surge tras resoluciones judiciales relacionadas con controversias sobre permisos de corta duración. Ahora, la autoridad evaluará individualmente las solicitudes considerando inversiones, infraestructura, cumplimiento regulatorio, riesgos operativos y periodos necesarios para recuperar los recursos destinados a cada proyecto.
Para el gas natural, los permisos de transporte, almacenamiento y distribución mediante ductos podrán alcanzar 30 años. Otras actividades, como licuefacción y regasificación, tendrán vigencias máximas de 20 años. En petrolíferos y petroquímicos también se permitirán autorizaciones de hasta 30 años para determinadas operaciones de almacenamiento y transporte.
Respecto al gas licuado de petróleo, las actividades relacionadas con ductos y almacenamiento podrán recibir permisos de hasta 30 años. La comercialización de estos energéticos tendrá un límite de dos años. Los permisos existentes conservarán sus condiciones originales, mientras las nuevas autorizaciones deberán cumplir los requisitos establecidos por la legislación vigente.




