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jueves, septiembre 11, 2025

UIF Critica a la SCJN: La “Eliminación Provisional” de Bloqueos, Riesgo para el Combate al Lavado de Dinero

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La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ha lanzado una fuerte crítica a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por la creación de la figura de “eliminación provisional”, la cual permite a personas bloqueadas en el sistema financiero recuperar sus cuentas temporalmente. Según la UIF, esta medida abre un camino peligroso que facilita que recursos de procedencia ilícita puedan ser movidos tanto dentro como fuera de México, incluyendo a paraísos fiscales.

La UIF advirtió que esta aprobación obstaculiza la lucha contra el lavado de dinero y compromete los mecanismos de vigilancia del sistema financiero. “Aún sin haberse resuelto el amparo de manera definitiva, la persona incluida en la Lista de Personas Bloqueadas puede beneficiarse de una sentencia adelantada, recuperando sus cuentas y transfiriendo los recursos”, señala el comunicado de la UIF. Este desbloqueo permitiría operar con fondos cuya legitimidad no está acreditada, generando un vacío en los controles preventivos que la UIF intenta mantener.

Pablo Gómez, titular de la UIF, subrayó que los ministros que votaron a favor de esta jurisprudencia lo hicieron con base en argumentos que favorecen a quienes manejan recursos de origen ilícito. La UIF argumentó que la “eliminación provisional” es ineficaz y va en detrimento de los estándares internacionales de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, que México está obligado a cumplir.

El organismo lamentó que la SCJN haya dictaminado que la eliminación temporal de sujetos de la Lista de Personas Bloqueadas no afecta el interés social ni contraviene el orden público, incluso cuando existen indicios de delitos como lavado de dinero y corrupción. La UIF señaló que permitir que la suspensión provisional en un juicio de amparo derive en la desincorporación de una persona de la lista atenta contra la eficacia de este instrumento preventivo a nivel global.

La SCJN ya había limitado anteriormente el poder de la UIF al requerir que el bloqueo de cuentas se justificara con una solicitud expresa de una autoridad extranjera. Estas decisiones, según la UIF, suponen un revés para sus facultades y contravienen compromisos internacionales en materia de prevención de lavado de dinero.

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