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jueves, octubre 30, 2025

SCJN perfila criterio que impediría aplicación automática de la prisión preventiva oficiosa

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina a resolver que la prisión preventiva oficiosa —establecida en el artículo 19 de la Constitución— no debe aplicarse de manera automática, sino que deberá pasar por un escrutinio judicial caso por caso, a fin de resguardar los derechos humanos.

El criterio está contenido en un proyecto de sentencia elaborado por la ministra Margarita Ríos Farjat, el cual propone una interpretación constitucional conforme al principio pro persona, es decir, de manera más favorable a los derechos fundamentales consagrados tanto en la Constitución como en los tratados internacionales suscritos por México.

“El máximo tribunal no está impedido para efectuar una interpretación más favorable del contenido constitucional para armonizarlo con los derechos humanos de fuente constitucional y convencional”, indica el documento.

No desaparece la medida, pero se limita su automatismo

El proyecto aclara que la prisión preventiva oficiosa no desaparece como figura jurídica, ni tampoco implica la liberación inmediata de las personas que actualmente se encuentran bajo esa medida cautelar. Cada caso deberá ser revisado conforme al artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Penales, bajo parámetros de legalidad y proporcionalidad.

En ese sentido, la SCJN busca avanzar hacia un nuevo entendimiento jurídico, en el que se garantice la presunción de inocencia, el acceso a un juicio justo y la libertad personal, sin que la prisión preventiva se imponga como una condena anticipada.

“La aplicación de esta figura no encuentra justificación válida si se impone sin control judicial, pues vulnera derechos fundamentales como la presunción de inocencia, la libertad personal, la igualdad ante la ley y el derecho al libre desarrollo de la personalidad”, señala el proyecto.

Un fallo con alto impacto legal y político

La posible resolución de la Corte llega en medio de un intenso debate nacional, especialmente tras la defensa pública de la prisión preventiva oficiosa por parte de la presidenta Claudia Sheinbaum, quien argumentó que la medida es necesaria ante el contexto de inseguridad y como mecanismo de protección para jueces y víctimas.

De ser aprobado este nuevo criterio, los jueces ya no estarían obligados a imponer automáticamente la prisión preventiva en los casos señalados por el artículo 19 constitucional (como secuestro, homicidio doloso, delincuencia organizada o delitos relacionados con drogas), sino que deberán justificar su aplicación bajo estándares jurídicos más estrictos.

La votación del pleno de la SCJN aún está pendiente, pero si el proyecto de Ríos Farjat es respaldado por la mayoría, marcará un parteaguas en la aplicación de justicia penal en México y en la protección de derechos humanos frente al poder punitivo del Estado.

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