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sábado, febrero 28, 2026

DOF publica manual sobre remuneraciones de diputados federales para 2026

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El Diario Oficial de la Federación publicó el manual que regula las remuneraciones y prestaciones de los diputados federales para el ejercicio fiscal 2026, así como del personal de mando y homólogos de la Cámara de Diputados, la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y el Canal del Congreso.

De acuerdo con el documento, la dieta mensual de los legisladores será de 79 mil 846.35 pesos. Además, se detallan diversas prestaciones, entre ellas el apoyo para gastos funerarios, mediante el cual la Cámara reembolsará hasta el equivalente a un mes de dieta neta por el fallecimiento de beneficiarios directos —padres, cónyuge o hijos—, siempre que se presente la documentación correspondiente. En el caso de concubina o concubinario, deberá acreditarse conforme al Código Civil Federal.

El manual también establece beneficios para el personal de mando y homólogo de San Lázaro —excluyendo al personal de base, sindicalizado, operativo de confianza y prestadores de servicios profesionales—, como una prima vacacional equivalente al 50% de 10 días de sueldo tabular, así como una paga por defunción de hasta cuatro meses de percepciones ordinarias.

Entre otras prestaciones se contemplan ayuda para despensa por mil 515 pesos mensuales, aguinaldo y distintos seguros, incluido el seguro de vida institucional, que equivale a 40 meses de sueldo tabular o dieta bruta, según corresponda, además de un seguro colectivo de retiro.

Este último beneficio está dirigido al personal que opte por alguna modalidad de pensión del ISSSTE, siempre que cumpla con los requisitos de edad y cotización, con una suma asegurada máxima de 25 mil pesos para enfrentar contingencias derivadas de la separación del servicio público.

Asimismo, el DOF dio a conocer los Lineamientos de Racionalidad y Austeridad Presupuestaria para el ejercicio 2026 de la Cámara de Diputados, cuyo objetivo es promover el uso responsable y eficiente de los recursos públicos. El documento señala que los ahorros generados deberán destinarse prioritariamente al fortalecimiento del trabajo legislativo, el funcionamiento de las comisiones, los gastos indispensables de operación y el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales del órgano legislativo.

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