La Suprema Corte de Justicia de la Nación decidió que la paridad ya no es solo cosa de listas bonitas, sino que ahora exige que las mujeres lleguen de verdad a las presidencias municipales en Querétaro. El pasado 3 de noviembre el Pleno validó que los partidos tengan que postular candidatas en al menos dos municipios donde nunca antes una mujer haya ganado por voto popular. La medida busca que la igualdad no se quede en el papel y que las aspirantes no terminen siempre en los pueblos más difíciles de ganar.
Los partidos conservan la libertad de escoger dónde cumplir con la cuota, siempre que distribuyan las candidaturas por bloques de competitividad para evitar que las mujeres compitan solo en zonas con pocas probabilidades. La resolución forma parte de la acción de inconstitucionalidad 104/2026 y busca equilibrar el acceso real al poder sin imponer fórmulas rígidas.
En contraste, la misma Corte echó abajo la alternancia obligatoria de género para las gubernaturas de Durango y San Luis Potosí. El 28 de septiembre determinó que obligar a los partidos a cambiar de sexo en cada elección limita el derecho de la gente a ser votada y la autonomía de las organizaciones políticas. La llamada “Ley Esposa” de San Luis Potosí, que pretendía reservar la candidatura femenina para 2027, quedó anulada por considerarse una regla demasiado específica y permanente para un cargo unipersonal.
Colectivas de Guerrero ya pidieron medidas similares para los 33 municipios que nunca han tenido presidenta municipal. La Corte aclaró que la paridad sigue vigente, pero no puede convertirse en una alternancia automática que excluya por adelantado a la mitad de la población.
Al final, la justicia electoral parece más cómoda repartiendo oportunidades que dictando géneros por calendario.




